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Lunes, 26 febrero 2024 14:20

Nota sobre el uso comercial de las ermitas privadas

Nota sobre el uso comercial de las ermitas privadas

En relación a la celebración acaecida este sábado 24 de febrero en la ermita de una finca privada en El Escorial, el Arzobispado de Madrid, con el deseo de evitar confusión, quiere informar lo siguiente:

El Arzobispado de Madrid no fue informado ni consultado sobre la posibilidad de realizar dicha celebración, siendo un acto unilateral de la finca que tendrá efectos canónicos al respecto. En ningún caso está permitido realizar un matrimonio civil dentro de un recinto religioso.

Las ermitas familiares solo pueden ser usadas para el fin que la Iglesia les concede. No pueden ser lugar de celebraciones públicas religiosas, salvo autorización expresa del obispado, tampoco pueden ser objeto de finalidades comerciales ni lugares de celebraciones civiles de ningún tipo. De hecho, en su momento fueron concebidas únicamente para uso privado devocional de la familia propietarios de la misma y en ningún caso para ser ofrecidas como un servicio opcional lucrativo de una empresa dedicada a la organización de eventos sociales.