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Sábado, 05 diciembre 2020 09:05

Santa María de la Almudena, de la Concepción Admirable

Santa María de la Almudena, de la Concepción Admirable

El próximo martes, 8 de diciembre, celebraremos la fiesta de la Inmaculada Concepción. Desde siempre el culto a la Virgen María se plasmó en innumerables representaciones artísticas y literarias. En el caso de Madrid, ya en el rito mozárabe tenemos constancia de la celebración de la festividad Domini Matris y nuestra patrona era invocada desde antiguo con la expresión Concepción Admirable. Por eso no extraña que tengamos constancia documental de que diversas cofradías y hermandades hicieran votos de consagración al Corazón Inmaculado de María, mucho antes de la proclamación del dogma.

El voto más antiguo de Madrid corresponde a la primera mitad del siglo XV. El 20 de abril de 1438, de acuerdo con el Cabildo Municipal de Clérigos, se realizó en la iglesia de San Andrés, ante el sepulcro de San Isidro, el voto perpetuo de guardar la fiesta de la Inmaculada Concepción, cada 8 de diciembre, y que esta se celebraría en la parroquia de Santa María de la Almudena.

Fue muy solemne la función con que este Cabildo, cumpliendo un voto hecho por los dos Capítulos parroquial y municipal en 1438, honró a la Inmaculada, celebrándose dicha fiesta el 14 en la parroquia del Salvador y San Nicolás. […] Para poner de manifiesto el espíritu católico y amantísimo de María de este pueblo de Madrid que en su amor a tan buena Madre supo sembrar sus calles de santuarios desde el principio de la calle Mayor hasta la calle de Atocha.

En este voto se especifica que, cada 8 de diciembre, habría de tener lugar un pregón público y ayuno (como en Cuaresma). Con la obligación de que todo Madrid acudiera a celebrar la fiesta a la a la parroquia de Santa María, incluso bajo advertencia de pena de multa.

Primeramente que la fiesta de la Concepción se haga en esta guisa. Que por cuanto la dicha fiesta cae a ocho días de diciembre en cada año, un día antes de su víspera se pregone públicamente por las calles de esta Villa que se ayune a conducho cuaresmal su vigila della, y que el día de la fiesta todos los vecinos de la dicha Madrid y sus arrabales, sean tenidos de ir a honrar su fiesta que ha de celebrar y facer en la iglesia de Santa María de la Almudena de esta dicha Villa, y los Cabildos de esta, sean para ello rogados e mandados, que lleven los cirios de sus cofradías para que ardan a las vísperas de sus vigilias y la misa de su día, y que ese día sea hecha procesión solemne a la dicha iglesia por los clérigos y religiosos de las Órdenes de la dicha Madrid para que si el tiempo lo padeciere salga la dicha procesión a alguna de las otras iglesias de esta Villa y se torne, y hase decir las horas, y que hasta pasada la dicha procesión ninguna persona sea osado de hacer obra alguna, so pena que cualquiera que a la dicha procesión no fuere, de edad de veinte años arriba que excusación legitima no tuviese, o de sesenta años ayuso, peche pare el alguacil de esta Villa, doce maravedís, y que el que obrare hasta ser pasada la dicha procesión, que incurra en esta misma pena y que sea ejecutor della el tal alguacil que a la sazón fuere.

El voto iba unido a la celebración de la fiesta del bienaventurado caballero mártir san Sebastián, muy venerado en la Villa. Fue firmado por el alcalde, regidores y caballeros y otros oficiales hasta llegar al número de 200, por sí mismos y por los otros ausentes, y por sus sucesores y vecinos de Madrid: «Todos ellos dijeron que de su propia voluntad sin inducimiento ni premio alguno con pura devoción que votavan e prometían como por sí e sus sucesores e por los ausentes vecinos de esta Villa de Madrid, e proponían en su voluntad de que hoy dicho dia en adelante para siempre jamás ayunaran las vigilias de las dichas fiestas de la Concepción de Santa María, e del Señor San Sebastián e conducho cuaresma, e harán las dichas fiestas, e celebraran por la forma e manera sobredicha de cada año, se guardaran los días dellos en la manera que dicha es: pero que en esta promesa no entran los menores de veinte años arriba, e las mujeres que están preñadas, o las que crían e aquellas otras personas que otras legitimas acusaciones e impedimentos tuvieron».

En el siglo XVII, los miembros de la Real Esclavitud de Santa María la Real de la Almudena, por acuerdo del 3 de septiembre del año 1645, se obligaron a defender el misterio de María en su Inmaculada Concepción, teniendo que hacer este voto para ingresar en la Congregación. La carta de esclavitud, en la que se admite a cada congregante, se encabeza con las siguientes palabras: «Y hago voto de defender, creer y sentir, que fue concebida sin pecado original, según lo permite nuestra Santa Madre Iglesia, y la Congregación le tiene hecho, y ratifica todos los años». Juramento que se sigue haciendo hasta nuestros días.

La vinculación entre la Inmaculada Concepción y nuestra patrona quedó también de reflejada en el proyecto de catedral del arquitecto marqués de Cubas, de finales del siglo XIX. Inicialmente pensó en colocar una escultura de la Virgen de la Almudena sobre cada una de las puertas de entrada del templo. Pero en el atrio de acceso a la cripta, al no poder colocarse ninguna figura, se incluyó una imagen de la patrona en forma de vidriera. En ella, aparece la Virgen de la Almudena con los atributos de la Inmaculada Concepción, adornada con mantos de color blanco y azul y con una media luna a los pies. Todo ello nos recuerda la antigüedad y el carácter singularmente español de esta devoción.

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